Saturday, October 14, 2006

LECCION 31 –DERECHO REAL DE USUFRUCTO

I). ENCIERRO LA LETRA QUE CONTIENE LA RESPUESTA QUE MEJOR COMPLETE EL ENUNCIADO O LA AFIRMACION. (1 pto. c/Item)

1. El derecho real por el cual el propietario de fundo confiere a otro la facultad de servirse de ella y de percibir sus frutos en la medida necesaria para satisfacer sus necesidades y de su familia
A. se denomina habitación
B. se denomina uso

2. Cuando el derecho de uso se refiere a una casa y la utilidad de morar en ella se denomina
A. arrendamiento
B. habitación

3. Un modo de constituir los derechos de uso y habitación es
A. por actos de última voluntad
B. por la ley

4. El derecho de uso y de habitación encuentra su limitación
A. en satisfacer la necesidades del beneficiario, su familia y de aquellos a quienes el beneficiario deba alimentos con tal que esas personas vivan con él y las personas de su servicio
B. en satisfacer las necesidades personales del beneficiario y su familia

5. El habitador o el usuario puede instalar un establecimiento industrial o comercial,
A. y puede arrendarla, pero no puede ceder el uso de la habitación
B. pero no puede ceder el uso de la habitación ni arrendarla

6. El que tiene el uso de los frutos de un fundo tiene el derecho a
A. usar sin restricciones de todos los frutos naturales que produzca el inmueble
B. usar de todos los frutos que produzca con excepción de los que provienen del trabajo del propietario, salvo que haya pagado los costos para su producción

7. El que tienen derecho de uso de un rebaño o una piara puede
A. aprovecharse de las crías, la leche y la lana que produzca
B. aprovecharse de las crías, la leche y la lana que produzca, en la medida necesaria para su consumo y el de su familia

8. El que tiene el uso de los frutos de una cosa puede ceder el derecho de percibirlos en caso de
A. del uso obtenido a título gratuito
B. del uso obtenido a título oneroso

9. Cuando el uso se refiera a cosas muebles, el usuario
A. tiene la facultad de ceder ese derecho a favor de terceros, toda vez que el propietario haya tenido la costumbre de alquilarlo a terceros
B. no tiene la facultad sino para emplearlos en su beneficio personal y el de su familia, sin poder cederlo a otros, aún cuando se trate de objeto que el propietario tenía la costumbre de alquilar

10. El abuso grave del habitador calificado por un juez tiene como efecto
A. extinguir el derecho real de uso y de habitación
B. el derecho a indemnizar al propietario de la cosa

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